Ascensores, montacargas, escaleras y rampas mecánicas
Ley 20.296, modificada por la Ley 21.492
- Frecuencia
- Mantención mensual. Certificación cada 2 años en edificios con destino vivienda, y cada 1 o 2 años en edificios de otro destino según la capacidad de transporte.
- Quién puede ejecutarla
- Mantenedores y certificadores con inscripción vigente en el Registro Nacional del MINVU. Son registros distintos: quien mantiene no puede certificar su propio trabajo.
- Dónde está establecida
- Ley 20.296. Registro regulado por el D.S. MINVU N° 22 de 2009.
El responsable final es el propietario, aunque en copropiedad sea el administrador quien contrata. Las multas van de 50 a 150 UF y también pueden alcanzar al propietario.
Fuente: MINVU, Registro Nacional de Instaladores, Mantenedores y Certificadores